lunes, 4 de agosto de 2008

JUSTIFICACION

La prevención y protección de los empleados, usuarios y medio ambiente, es una de las partes fundamentales de las políticas de atención en salud. El procedimiento de atención a un paciente, siempre genera desechos de diversa índole, que ameritan un adecuado manejo para la prevención de accidentes de trabajo, enfermedades en los usuarios, empleados y la comunidad en general.
El ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante el decreto 1295 del 22 de junio de 1994, estableció la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales y determino en el capitulo X las sanciones para el trabajador así: “El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de la prevención de riesgos, adoptados en forma general o especifica y que se encuentren dentro de los programas de Salud Ocupacional de la respectiva empresa que le hayan comunicado por escrito, faculta al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como para los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de trabajo y Seguridad Social, respetando el derecho de defensa”.
Las instituciones prestadoras de salud, requieren del cumplimiento de un Programa integral de Bioseguridad como parte de su organización y política de funcionamiento, el cual debe tener normas que garanticen un ambiente de trabajo ordenado y seguro, que conlleve a mejorar la calidad de la atención y la racionalización de los costos.

1 comentario:

keyner dijo...

hey gracia me ayudaste mucho con tu trabajo de lo agradezco